El tema de las futuras pensiones y cómo mantener el sistema de jubilación, con la notable disminución de la natalidad y el aumento de la esperanza de vida, es algo de lo que se viene hablando desde hace muchos años. Por todo ello en 2023 se pondrá en marcha el nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), para intentar compensar estas variantes, el cual afectará aumentando el importe de las cotizaciones para todo aquel que esté de alta en la Seguridad Social. Te contamos todos los detalles.

Con el objetivo del mantenimiento del sistema actual de pensiones y en previsión de las futuras jubilaciones de la generación Baby Boom, se plantea un escenario en el que actualmente sólo hay 2,3 personas cotizando por pensionista, cuando hace unos años el ratio era de 5,3 según el INE. Si añadimos el descenso de natalidad y la previsión de esperanza de vida queda latente la preocupación para los jubilados futuros de si habrá dinero suficiente para el pago de sus pensiones.

Por ello se crea el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que funcionará en caso de necesidad y de manera progresiva, y actuando sobre las cotizaciones de los trabajadores, sustituyendo al antiguo Factor de Sostenibilidad que actuaba sobre las pensiones de los jubilados, esperando que este nuevo mecanismo aumente la “hucha de las pensiones”.

 

  1. En qué consiste el Mecanismo de equidad intergeneracional
  2. Cómo va a afectar económicamente a trabajadores y empresarios
  3. Cuándo se pone en marcha

1. En qué consiste el Mecanismo de Equidad Intergeneracional

 

El MEI consta de tres “fases” o actuaciones:

  1. Una subida transitoria de las cotizaciones sociales que se destinarán a nutrir un “subfondo” del Fondo de Reserva de la Seguridad Social que podrá utilizarse de 2033 en adelante para ayudar a financiar el gasto en pensiones contributivas.
  2. La regulación de la activación del fondo que se crea con esas nuevas cotizaciones, limitando las disposiciones de activos del mismo a un máximo de 0,2 puntos de PIB
  3. En caso de que 0,2 del PIB sean insuficientes, se abrirán para buscar otras posibles soluciones, pudiendo ser aumentos en las cotizaciones o aumentos de ingresos como recortes de gasto, que en tal caso tendrían un tope máximo de 0.8 del PIB.

Aprobado en el R.D.21/2021 el B.O.E. el 28 de Diciembre del 2021.

 

2. Cómo va a afectar económicamente a trabajadores y empresarios

 

Esta cotización adicional va a consistir en un porcentaje del 0,6% del salario, del cual el empleado asumirá un 0.1% y el empresario un 0.5%.

En el caso de autónomos se asumirá en su totalidad aumentando la cuota el 0.6%. OJO que este porcentaje también se aplicará a los autónomos que estén cotizando con Tarifa Plana.

En el caso de un empleado que perciba el SMI actual,  1.080.-€, la empresa deberá abonar 5,41.-€ por mes y empleado, y al trabajador se le descontará del salario 1,08.- € mensualmente.

En el caso de ser autónomo dependerá de la cuota que se esté pagando a la Seguridad Social, los sindicatos han calculado que el ingreso adicional medio estará en torno a los 5.-€ mensuales. Como sabes la cuota de autónomo desde Enero también se modifica, y ésta dependerá de los ingresos netos medios.

Nota: en caso de autónomos que tengan contratados a trabajadores deberán de asumir la parte propia como autónomo y la del empresario con sus empleados.

3. Cuándo se pondrá en marcha el mecanismo de equidad intergeneracional

 

En enero de 2023 se pone en funcionamiento esta cotización adicional y se mantendrá a lo largo de 10 años. Dependiendo de las previsiones de la Comisión Europea y el nivel de gasto y sostenibilidad se mantendrá o modificará según los resultados.

 

    1. A partir de 2023, y hasta diciembre de 2032 se pagará esta cotización adicional para aumentar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social .
    2. A partir de 2032 se verificará trienalmente si se mantiene esta cotización, dependiendo de las necesidades y la previsión del gasto en pensiones y la previsión del Ageing Report de la Comisión Europea, no obstante, podrá prolongarse hasta el año 2060 si se estima necesario.
    3.  Por el momento se irá aumentando progresivamente así: 

 

  • 2024: 0,70 %, (0,58 %, empresa y 0,12 %, trabajador). En caso de autónomos un 0,7%. 
  • 2025: 0,80 %, (0,67 %, empresa y 0,13 %, trabajador).
  • 2026: 0,90 %, (0,75 %, empresa y 0,15 %, trabajador).
  • 2027: 1 %, (0,83 %, empresa y 0,17 %, trabajador).
  • 2028: 1,10 %, (0,92 %, empresa y 0,18 %, trabajador).
  • 2029: 1,2 %, (1,00 %, empresa y 0,2 %, trabajador).
  • Desde 2030 hasta 2050: 1,2 %, (1,00 %, empresa y 0,2 %, trabajador).

Sea de un modo u otro esta es una cuestión nos afecta a todos, ya sea porque estamos en el momento de aportar para la jubilación de personas que llevan toda una vida cotizando a la Seguridad Social, o bien porque estemos pensando en qué pasará con nuestra futura jubilación.

Si quieres saber más sobre este tema puedes ver en la página de la Seguridad Social una simulación accediendo con tu certificado digital o solicitar a nuestros compañeros especializados en este tema en tu asesoría laboral en Madrid un estudio personalizado. 

 

 

Cristina Pérez

Cristina Pérez

Responsable Comercial y Marketing