Hacienda ya no va a llamar a tu puerta, sino a tu email¡¡¡¡ desde hace ya muchos meses las comunicaciones de Hacienda, ya sea por declaraciones paralelas, falta de información en algún impuesto/declaración, o sanciones varias… ya no llegan en papel, sino por email, y es responsabilidad del empresario leer y actuar en consecuencia. ¿Sabías que aunque no leas la comunicación se da por leída a los 10 días de haberla recibido?
Desde el 1 de enero del 2011 está en vigor la gestión de las notificaciones de la Agencia Tributaria por vía electrónica, que viene a desplazar la responsabilidad a los contribuyentes, haciéndolos responsables de su recepción en tiempo y forma.
La gestión de las notificaciones se realizará en colaboración con la compañía Correos y Telégrafos, como se venía haciendo hasta ahora en papel, mediante la habilitación de un buzón electrónico (a través de la Dirección Electrónica Habilitada) al que se tendrá acceso a través de www.notificaciones.060.es o de la sede electrónica de la AEAT: www.agenciatributaria.gob.es.
- El acceso a este “buzón” sólo se puede realizar con disposición de “Certificado/Firma Electrónica” propia o por apoderamiento a un tercero que disponga de la misma.
- En el funcionamiento del nuevo sistema, será el contribuyente quien tenga que velar por la gestión de sus propias notificaciones, de forma que la Agencia Tributaria se limitará a poner a disposición las notificaciones en el “buzón” habilitado al efecto, donde estará visible durante 10 días naturales.
RECUERDA QUE A PARTIR DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2022 ESTAS NOTIFICACIONES SE RECIBIRÁN EN EL DEHú, YA NO ESTARÁ HABILITADA ESTA DIRECCIÓN. CÓMO HACER EL CAMBIO.
1.- ¿En qué momento, como contribuyente, está obligado a gestionar las notificaciones mediante el nuevo sistema electrónico?:
Desde enero de 2011 todas las empresas de nueva creación se les da de alta automáticamente.
Por lo que respecta al alta de oficio, para empresas que ya estuviesen constituidas con anterioridad, se recibirá una comunicación de Hacienda por correo certificado, una vez recibida, tendrá el “buzón” habilitado desde el día siguiente a la recepción de dicha notificación, pero como le informábamos antes, solo podrá acceder si posee “Certificado/Firma Electrónica”.
En ese momento -recepción de la Carta de Hacienda comunicándole el Alta de Oficio -, podrá tomar 3 decisiones alternativas, siempre que no tenga previamente la firma digital, gestionadas todas ellas en Hacienda con solicitud de cita previa gestionada por Internet desde https://www.agenciatributaria.es/ :
Obtener su propio “Certificado/Firma Electrónica”: una vez tramitado, configurar su “buzón” en notificaciones.060.es y gestionar usted mismo sus propias notificaciones.
- Apoderar a un tercero para que le gestione sus notificaciones (en este caso, estamos a su disposición).
- Gestionar simultáneamente las dos acciones anteriores, es decir, obtener su propio “Certificado/Firma Electrónica” y apoderar a un tercero.
El alta voluntaria tiene una tramitación similar con la única diferencia de que es usted el que inicia el proceso.
2.- ¿Qué es un “Certificado/Firma Electrónica” y como se obtiene?
Es un Certificado Electrónico que identifica inequívocamente a la persona que lo utiliza en relaciones con terceros, como en este caso la Agencia Tributaria. La obtención del Certificado o Firma Electrónica tiene tres fases, siendo importante resaltar que el inicio y el final del proceso han de tramitarse desde el mismo ordenador:
1º Fase: Solicitud del “Certificado/Firma Electrónica”. Se gestiona a través de la web www.fnmt.es . Una vez realizada la solicitud recibirá un código que se presentará en la Oficina de Registro habilitada, en la siguiente fase junto al resto de documentación que se indica en la misma.
2º Fase: Acreditación de Identidad en Oficina de Registro. En esta fase, el administrador de la mercantil o el empresario persona física deberá acudir a uno de los Organismos Colaboradores (consultar en cada población, aunque lo es siempre la Administración de Hacienda que le corresponda) con la siguiente documentación:
Certificado/s del Registro Mercantil donde conste datos de constitución de la mercantil y vigencia del órgano de administración (es importante señalar que este certificado tiene una validez temporal muy limitada de diez días).
- N.I.F. original del firmante.
3º Fase: Descarga del “Certificado/Firma Electrónica”. Desde el mismo ordenador que hizo la solicitud y desde la página www.fnmt.es, con el código obtenido en la primera fase, podrá acceder a la descarga del mismo.
3.- ¿Cómo puedo apoderar a un tercero para que gestione mis Notificaciones”
Existen dos opciones diferentes, en función de si se posee previamente el “Certificado/Firma Electrónica” o no.
Así, para el caso de que se tenga la “Firma Digital” el trámite es muy sencillo, otorgando el apoderamiento desde la página web de la Agencia Tributaria, https://www.agenciatributaria.es/.
En el caso de no tener “Certificado/Firma Electrónica”, el apoderamiento se puede realizar alternativamente de dos formas:
- Sin necesidad de visita a la Agencia Tributaria a través de un formulario específico, que una vez cumplimentado y firmado, se ha de llevar a legitimar en Notaría, para después, acompañado de los Certificados del Registro Mercantil informados anteriormente, presentar en Hacienda.
- Con visita a la Agencia Tributaria, donde acudirá a firmar en presencia de los funcionarios el representante de la entidad, ese formulario específico al que se adjuntarán los documentos mencionados anteriormente.
4.- ¿Puedo pedir vacaciones de las notificaciones electrónicas?
Se permite a los contribuyentes incluidos en el sistema marcar, hasta un máximo de 30 días al año, aquellos días naturales en los que NO desean recibir electrónicamente notificaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Para realizar este trámite tendrá que entrar en Sede Electrónica y activar el periodo en Trámites.
En respuesta a esta nueva obligación que obliga al contribuyente a estar pendiente de sus notificaciones los 365 días del año, en Compromiso Empresarial nos encargamos de recibir y gestionar tus Notificaciones Tributarias durante los doce meses del año.

Cristina Pérez
Marketing y Atención al cliente
no poseo numero de telefono para recir la referencia que necesito para recibir la clave para el borrador … aporto mi correo electronico para recibir dicha clave …
Hola Benito, gracias por leer el post. Si no tienes un número de teléfono para que te envíen el borrador puedes utilizar el de otra persona, el servicio es similar a cuando se te olvida la clave de una página y te envían un número para que puedas continuar con el proceso. Si no tienes a nadie cerca, puedes contactar con nosotros y te facilitamos nuestro nº para que pidas la contraseña, estaremos encantados de ayudarte. Nuestro nº es 91 3952358.
Feliz día
Cristina Pérez – Resp. Comercial y Márketing
Necesito enviar el contrato de alquiler a renta.!! Como podría hacerlo??? Gracias
Buenos días Pablo,
En primer lugar muchas gracias por leer nuestro blog. He pasado su consulta al departamento correspondiente y me comentan que no entienden muy bien la pregunta, pero si te refieres a aportarlo a la agencia tributaria en la oficina virtual tienes la opción de aportar documentos cuando te han hecho un requerimiento y en el mismo viene como hacerlo.
Para cualquier consulta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el 913952358 o bien a través de info@ceriosrosas.com
Muchas gracias,
Un saludo
No me han ingresado lo que me devolvieron en la Declaración de la Renta. GRACIAS.
Buenos días Teresa, es posible que todavía no te hayan realizado el ingreso, normalmente se formalizan todos antes de que termine el año en curso, no obstante, cabe la posibilidad de que lo hagan más tarde, en ese caso, te ingresarían además intereses de demora desde el 1 de Enero de 2018 hasta el día del ingreso. Para poder ver en qué situación está el proceso de tu devolución de la renta, puedes seguir estas indicaciones: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta.shtml.
Cualquier duda estamos a tu disposición. Puedes escribirme directamente a info@ceriosrosas.com, estaremos encantados de ayudarte.
Gracias por tu consulta.
CrisPe Madero
Hola buen dia, quiero cambiar mi correo electrónico por que lo pusieron mal en hacinda como lo hago? O a donde llamo?
Buenos días Paola, gracias por leer nuestro post y por tu consulta. te pongo el enlace que debes de seguir para cambiarlo, si tienes cualquier duda puedes llamarnos al 913952358 o enviamre un mail a info@ceriosrosas.com, estaré encantada de ayudarte.
un saludo y feliz día
Cristina Pérez
Buzón DEH
Muy buen post, nos enseña a comprender las notificaciones de la Agencia Tributaria, ya que a veces no sabemos el porqué de las cosas. Os agradezco y espero que sigáis ofreciendo información tan valiosa como esta. Un abrazo!!
Muchísimas gracias por tu comentario¡¡¡ Me hace muy feliz ver que es útil.
Confío en seguir cumpliendo con las expectativas 😉
Un abrazo y feliz día
Cristina Pérez
Buenas tardes
Y las personas físicas ¿podemos pedir recibir también las notificaciones SÓLO por email y que no venga el cartero a casa con la carta certificada?
Muchas gracias
Un saludo
Hola María, puedes obtener tu certificado digital en Hacienda, solicitando cita previa y después personándote allí para realizar el trámite. Esto no excluye de que lo envíen por correo, por el momento están haciendo ambas cosas, lo único que si vigilas el «buzón electrónico» puedes ver antes las comunicaciones que esperando a las de correo ordinario.
Espero haber resuelto tu duda, si quieres saber algo más concreto puedes escribirme a info@ceriosrosas.com
Gracias por leer nuestro blog.
Feliz Dia
Cristina Pérez
Solo veo en el borrador la pensión española
Percibo una pensión del extranjero y no veo donde reflejarla en el borrador renta web 2020.
En años anteriores esto fue fácil pero este me esta costando.
Gracias pronta respuesta. Saludos
José Espigado Pato (Referencia 3CTVB8)
Buenos días José,
En primer lugar muchas gracias por leer nuestro blog. He pasado su consulta al departamento correspondiente y me comentan que no puedes reflejarla en borrador, tienes que añadirla manualmente.
Para cualquier consulta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el 913952358 o bien a través de blog@ceriosrosas.com
Muchas gracias,
Un saludo
Quería saber si tengo algún embargo con hacienda
Buenos días Ana,
En primer lugar muchas gracias por leer nuestro blog. He pasado su consulta al departamento correspondiente y me comentan que para poder acceder a esta información se necesita tener un certificado digital con Hacienda, puedes solicitarlo en el siguiente enlace: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/administrador-unico-solidario/solicitar-certificado. Si prefieres puedes acercarte personalmente a la Agencia Tributaria para que te informen de tu situación.
Para cualquier consulta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el 913952358 o bien a través de info@ceriosrosas.com
Muchas gracias,
Un saludo
Buenos dias!
Quisiera saber si la fianza que se deposita en la Xunta de Galicia por alquiler de vivienda es susceptible de introducirla en la declaración de la renta! He leído en algún lugar que devuelven el 10%, muchas gracias.
Buenos días Fran,
En primer lugar muchas gracias por leer nuestro blog. He pasado su consulta al departamento correspondiente y me comentan que no, una fianza depositada no da derecho como norma general a deducírsela en renta. No obstante habría que mirar si en las deducciones autonómicas de la Xunta existe esta deducción.
Para cualquier consulta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el 913952358 o bien a través de info@ceriosrosas.com
Muchas gracias,
Un saludo
Quiero recibir el borrador de la renta 2019 de forma física reciban un cordial saludo. Yademás tengo dos cartas con recargos y tendré que pagarlos fraccionados porque tengo una ayuda muy pequeña para vivir y es de la que vivo reciban un cordial saludo.
Buenos días José Luis,
En primer lugar muchas gracias por leer nuestro blog. He pasado su consulta al departamento correspondiente y me comentan que el borrador físicamente no se recibe, se tiene que descargar de la web de Hacienda.
Para cualquier consulta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el 913952358 o bien a través de info@ceriosrosas.com
Muchas gracias,
Un saludo
Hola, he recibido una notificación a mi dirección el España, pero actualmente resido en el extranjero. No sé el motivo de dicho comunicado. ¿Como podría saberlo y habría algún número de teléfono o correo electrónico para contactar?
Buenos días Victor,
En primer lugar muchas gracias por leer nuestro blog. He pasado su consulta al departamento correspondiente y me comentan que lo mejor es obtener la firma electrónica y consultarla telemáticamente, nosotros podemos ayudarte a obtener dicha firma electrónica.
Para cualquier consulta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en el 913952358 o bien a través de info@ceriosrosas.com
Muchas gracias,
Un saludo
ruego me llamen urgente al 609957677 a partir de las 12 horas.
Hola Francisco, te llamamos para ver qué necesitas con urgencia. Un saludo