Actualmente son muchas las empresas que comercializan sus productos o servicios haciendo llamadas telefónicas o, una vez estás registrado, enviando publicidad por email. Estamos expuestos a recibir constantemente información y ofertas de todo tipo de productos y servicios.  Por eso, es importante conocer como empresa que realiza estas prácticas cuáles son tus obligaciones y como ciudadano tus derechos. Ojo con los consentimientos y la nueva protección de datos, la nueva Ley General de Telecomunicaciones.   

Son varios los cambios que se deben de aplicar con esta nueva Ley, resumiendo mucho y a modo de «advertencia» no se podrá enviar un email y hacer una llamada a una persona que no haya dado previamente su consentimiento, y esto es de obligado cumplimento para todas las empresas que comercialicen productos o servicios por estos medios. 

Te contamos qué debes de hacer al respecto.

 

¿CUÁLES SON LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS?

 

Según el artículo 66 de dicha Ley, los ciudadanos tendrán, entre otros, los siguientes derechos:

 

  • A no recibir llamadas con fines de comunicación comercial sin consentimiento previo para ello.
  • A no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista un consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales o salvo que la comunicación pueda ampararse en otra base de legitimación de las previstas en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 de tratamiento de datos personales.

Esto aplica a todas las empresas que comercialicen productos y servicios. En el caso de que una empresa dirija un llamada promocional sin consentimiento a cualquier ciudadano, la AEPD abrirá un proceso para comprobar lo sucedido y, de confirmarse la actuación ilegal, impulsará un expediente sancionador contra la entidad.

¿QUÉ PUEDE OCURRIR?

 

Las empresas que no cumplan con la ley corren el riesgo de enfrentar multas sustanciales, que oscilan desde los 100.000 euros hasta los 2 millones de euros según la tipificación de la sanción, siendo la Agencia Española de Protección de datos (AEPD) la autoridad competente para imponer tales sanciones.

Las únicas excepciones que se aplican, son:

  1. Según la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones. Aquellas llamadas que cuya realización es imprescindible para proteger los intereses vitales del ciudadano, o llevar a cabo una actividad con fines de interés público. 

2. Según la Circular 1/2023, sobre la aplicación del artículo 66.1.b) de,la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones. Aquellas llamadas en las que exista una relación contractual previa, siempre que el responsable hubiera obtenido de forma lícita los datos de contacto del destinatario y los empleara para comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación con el cliente.

QUÉ DEBES DE HACER

 

 Si en tu empresa se realizan este tipo de comunicaciones comerciales ya sea por email o con llamadas telefónicas deberás de garantizar el pleno cumplimiento del deber de transparencia, conforme a los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) 2016/679 y el establecimiento de un procedimiento sencillo para el ejercicio del derecho de oposición que será mencionado explícitamente al interesado, a más tardar, en la primera comunicación, de acuerdo con el artículo 21.4 del citado reglamento.

Además debes implementar las siguientes consideraciones:

    • Tener la cláusula de protección de datos, mediante la cual se recoge el consentimiento explícito para el envío de comunicaciones comerciales.
    • En el caso de que se graben las llamadas telefónicas, informar con la locución correspondiente.

 

Te aconsejamos consultar con la empresa que te gestione la protección de datos para incluir las clausulas necesarias en cada uno de los procesos, tanto si se trata de llamadas, al acceder a la web o de envíos comerciales.

Si hasta ahora no contabas con este servicio, podemos ayudarte, consúltanos.

 

Cristina Pérez

Cristina Pérez

Responsable Comercial y Marketing