Son muchas las consultas que nos están llegando a propósito de esta noticia que ha salido en prensa: “los autónomos que facturen menos de 85.000.-€ no tendrán que declarar el IVA trimestral”, pues bien, esto no está aprobado oficialmente todavía y además, tiene letra pequeña… te lo contamos.

Se ha publicado en distintos medios que a partir del 2024 los autónomos que facturen por debajo de 85.000.-€ anuales no tendrán obligación de realizar la declaración del IVA trimestral, y es que el ATA ha dicho que se está trabajando en esta medida, pero tendrá que aprobarse el cambio Legislativo, y dadas las Elecciones Generales que están a la vuelta de la esquina, tendría que hacerse antes del 16 de Octubre ya que será cuando se disuelvan las actuales Cortes Generales.

Si se llevase a cabo esta medida y se aprobase, en principio se trataría de que aquellos autónomos que facturen menos del citado importe,85.000.- €, o si realizan actividades intracomunitarias hasta 100.000.-€ de facturación anual, no tendrán obligación de repercutir el IVA en sus facturas y por lo tanto de no presentar las declaraciones trimestrales. Eso sí, deberán de presentar una declaración anual con el registro de sus ventas para verificar el dato. Todavía no se sabe si esta será una opción o de carácter obligatorio.

 OJO: en el Foro Fiscal de Autónomos y Pymes del pasado 20 de Marzo de 2024 el Ministerio argumentó que esta exención sería sólo para los que realizan operaciones transnacionales, y no hay nada oficial al respecto de las medidas que se llevarían a cabo. Este contenido es sólo informativo según las distintas publicaciones en medios, cuando exista una Ley aprobada al respecto se realizarán las correcciones y ampliaciones necesarias. 

 

autonomos y el iva trimestral

¿POR QUÉ DEBERÍA DE SER UNA OPCIÓN ELEGIR CÓMO DECLARAR EL IVA?

 Hay muchos profesionales que al ejercer su actividad no tienen muchos gastos inherentes a la actividad por los que poder compensar el IVA soportado en sus facturas, por lo que les suele salir a pagar la declaración trimestral. Con esta medida podrían optar a no repercutir IVA y así evitar las declaraciones trimestrales; no obstante, debería de ser una opción ya que hay muchos otros a los que sí les compensa realizar estas declaraciones trimestrales por el tipo de actividad que realizan y los gastos que sí repercuten, como puede ser autónomos que se dedican a la hostelería o tienen comercios.  

Está por ver si finalmente se aprueba este régimen de IVA franquiciado, si es opcional y en qué condiciones y la fecha de la puesta en marcha… seguiremos informando de cualquier novedad al respecto sobre este tema.

Si necesitas ayuda al respecto de la gestión de tus impuestos nuestros asesores fiscales estarán encantados de ayudarte

Cristina Pérez

Cristina Pérez

Responsable Comercial y Marketing