Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) han sido la herramienta fundamental, en el ámbito laboral, mediante la cual el Gobierno ha intentado proteger el tejido empresarial español frente a las consecuencias de las medidas de contención de la pandemia de COVID-19. Así, las restricciones a la movilidad de los ciudadanos o las limitaciones a la actividad económica han obligado a empresas y trabajadores a dejar de trabajar, o bien a trabajar mucho menos de lo que hacían habitualmente.

Los ERTE no son una institución jurídica nueva. Tampoco las diferentes modalidades aprobadas ad hoc desde marzo de este año difieren, en lo sustancial, de la figura clásica, regulada por el art. 47 del Estatuto de los Trabajadores y desarrollada por el Real Decreto-ley 30/2020. La idea básica detrás de este tipo de medidas es que las empresas puedan enviar al paro (de forma total o parcial, pero en principio temporal) a sus trabajadores, mientras sufran una parada o una reducción en su actividad.

La teoría dice que las empresas que opten por aplicar una medida de este tipo evitarán acometer despidos (que enviarían a los trabajadores al desempleo de manera permanente) y, cuando la situación mejore, podrán “repescar” a esos empleados, con lo que finalmente, todas las partes involucradas ganan algo: el Estado se evita pagar parte de las prestaciones por desempleo; los trabajadores mantienen su puesto de trabajo; y el empresario podrá superar el bache ahorrándose parte o la totalidad de las retribuciones de sus asalariados.

Para reforzar que los ERTE fueran precisamente en la dirección mencionada, el Gobierno adoptó cuatro decisiones fundamentales:

Eximir a las empresas del pago de las cuotas a la Seguridad Social respecto de los empleados en ERTE.

-Someter dichas exenciones del pago de cuotas a la Seguridad Social al mantenimiento del empleo, por parte de las empresas que se beneficien de ellas, durante un total de seis meses.

No permitir a las empresas acometer despidos alegando causas económicas, organizativas o de producción que estén originadas por la pandemia de Covid-19.

-Y no computar el período en ERTE a efectos de agotar, respecto de los trabajadores, el tiempo de prestación por desempleo al que tienen derecho.

Sin embargo, esta arquitectura jurídica básica ha sido planteada de forma errónea, deficientemente regulada y caóticamente gestionada. Lo que podría haber sido una buena idea, tristemente, ha ido 

funcionando a trompicones, con retrasos, lastrada por una burocracia inoperante, normas vagas (cuando no directamente contradictorias), y, en general, un desamparo ciudadano que ha afectado tanto a empleadores como a empleados, quienes se han visto en una situación de desinformación constante. Todo ello aderezado con una inseguridad jurídica rampante y una litigiosidad futura que me atrevo a aseverar que será abundantísima.

El primer y gravísimo error del Gobierno, en mi opinión, fue el no entender para qué sirven, en el marco de los ERTE, los diferentes documentos que la empresa debe confeccionar y entregar a los trabajadores, y qué papel debe tener la Autoridad Laboral en el procedimiento. De este modo, los documentos que se entregan a los trabajadores tienen que garantizar que éstos puedan ejercer la defensa de sus derechos frente a los Tribunales, informándoles de las medidas que al empresa va a adoptar, de sus causas, y de las posibilidades de impugnación; la Autoridad Laboral, por su parte, debe comprobar que dicho objetivo de información y garantía de defensa se cumple, o, si la empresa alega causas de fuerza mayor, examinar la realidad de dichas causas. Sin embargo, en los ERTE acometidos desde marzo de este año, nada de esto se ha cumplido.

Se ha impuesto una burocracia compleja, exasperante y tremendamente y limitante a las empresas, sin que ello haya redundado en una mejor información o una mejor capacidad de defensa de los trabajadores; y se ha arrojado a las autoridades laborales autonómicas — que venían ya desempeñando unas funciones casi testimoniales, separadas completamente de las del Ministerio de Trabajo — un volumen inasumible e imposible de automatizar de trabajo, convirtiendo una teórica labor de control en aprobaciones generalizadas por silencio administrativo.

Leyes

Si lo que se quería era aprobar la mayoría de solicitudes sin controlar nada, ¿para qué establecer una barroca burocracia y unas densas obligaciones de información y comunicación? ¿Era el Gobierno consciente de que, con ese marco jurídico, las resoluciones estimatorias por silencio devendrían firmes e inatacables en el breve plazo de cinco días, y ello independientemente de que la empresa hubiera respetado el procedimiento establecido o de la realidad de las causas alegadas por ésta?

Un segundo error y – quizá más grave todavía, ya que ha afectado (y todavía afecta) a cientos de miles de trabajadores en todo el país – es la gestión que se ha hecho, por parte del Gobierno, del pago de prestaciones por desempleo. Aquí no se pueden poner paños calientes: el Servicio Público de Empleo (SEPE) se ha visto engullido por una vorágine de caos, errores, impagos y retrasos sin que el transcurso de los meses haya servido para subsanar ninguno de los problemas iniciales, agravándose muchos de ellos con el tiempo.

El exigir, para tramitar el pago del paro a millones de trabajadores, que sea la empresa la que curse la solicitud, y para ello diseñar una herramienta tan pobre y anticuada como una burda tabla de Excel que permite y hasta fomenta graves errores en su cumplimentación; su remisión por vía de un registro general, sin comprobaciones, sin poder siquiera asignar un número de expediente y sin comunicar (en la mayoría de los casos) a los trabajadores las resoluciones de estas solicitudes.

Para colmo, el discurso del SEPE respecto a este desastre ha sido monolítico: la culpa es de las empresas, sus asesores y gestores. Lo han repetido hasta la saciedad, echando leña al fuego de un conflicto entre trabajadores, empresarios y profesionales del sector jurídico que ardió con fiereza y que, tristemente, aún sigue encendido. Y sin embargo, decenas de miles de trabajadores siguen, a día de hoy, sin haber percibido el importe de la prestación teniendo en cuenta si tienen hijos o no. O, en el peor de los casos, sin haber cobrado nada.

El tercer fallo (y quizás el más importante) en el diseño e implementación de estas medidas ha sido, en mi opinión, el someter las bonificaciones y exoneraciones en las cuotas a la seguridad social que se han aplicado las empresas a unas exigencias de mantenimiento del empleo tremendamente confusas, difíciles de entender y de cumplir, y reguladas por una normativa que, siendo generosos, es técnicamente defectuosa.

Por si esto fuera poco, el Gobierno ha ido aprobando hasta media docena de normas diferentes, con disposiciones transitorias, con modificaciones de las modificaciones y diferentes períodos de vigencia. Un mastodonte normativo complejo, puntilloso, indefinido y vacuo, que ha ido creando una casuística delirante de ERTE, con vistosos nombres: por limitación, por impedimento, por cadena de valor directa o indirecta, y cada tipo y subtipo con sus propias peculiaridades y burocracia ad hoc.

 

«¿Era el Gobierno consciente de que, con ese marco jurídico,
las resoluciones estimatorias por silencio devendrían firmes
e inatacables e el breve plazo de cinco días,
y ello independientemente
 de que la empresa hubiera respetado
el procedimiento establecido o de la realidad
de las causas alegadas por ésta?»

La consecuencia de esta maraña normativa es fácil de prever: litigios. Litigios entre empresas y trabajadores, entre los trabajadores y el SEPE, y entre la Tesorería General de la Seguridad Social y las empresas. Será curioso observar, por ejemplo, a los jueces de lo Social y a los de lo Contencioso-Administrativo asistir a debates bizantinos sobre la aplicación e interpretación de estas normas a cuenta de la devolución -o no- de cantidades de dinero que, incluso para empresas pequeñas, ascenderán a decenas y hasta cientos de miles de euros.

El Gobierno ha ido transitando, en fin, en una situación que es justo reconocer como extremadamente compleja y difícil, de la necesidad al caos. Pero son los ciudadanos, tanto los empresarios como los trabajadores, quienes van a pagar los platos rotos. Y algo me dice que esta situación no ha hecho más que empezar. Esperemos, en cualquier caso, que el nuevo año nos traiga buenas noticias y una mejor situación para todos.

Alberto Puyuelo

Alberto Puyuelo

Responsable Área Laboral