Nueva subvención del Ayuntamiento de Madrid para la contratación de personas desempleadas o demandantes de empleo. La subvención podrá llegar hasta 4.200.-€ dependiendo si es contratación a jornada completa o parcial, una modificación contractual con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, o el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE realizada con una duración mínima de 6 meses. Te contamos plazos, cuantías y requisitos con detalle en este artículo.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?
Pueden beneficiarse de esta subvención, BOAM 9.302*, siempre que cumplan los requisitos exigidos:
- Los autónomos y empresas de menos de 250 trabajadores/as con domicilio social o centro de trabajo ubicado en Madrid
- Siempre que desarrollen una actividad económica habitual produciendo bienes y/o prestando servicios
- Y que contraten a personas desempleadas o demandantes de empleo empadronados esta ciudad.
* Estas subvenciones suelen salir cada año, este es el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid para este año 2023.

Están excluidas de esta subvención:
- Las contrataciones laborales con una duración inferior a 6 meses, y/o cuya jornada laboral sea inferior a 20 horas semanales.
- Las contrataciones por ETT.
- Entidades con infracciones muy graves excluidas.
- Quienes hayan realizado en 2022 despidos colectivos o extinciones por causas disciplinarias u objetivas que hayan sido declaradas improcedentes.
- Relaciones laborales de carácter especial Art. 2.1 R.D. 2/2015
- Contrataciones del cónyuge, pareja de hecho, ascendiente o descendiente de hasta primer grado del empleador, cargos directivos o miembros del órgano de administración de una empresa.
- Si no se respeta en la entidad el principio de igualdad de oportunidades.
- Queda excluido también el trabajo por cuenta propia.

PLAZO
Ya está abierto hasta el 31/08/2023, será por concurrencia competitiva y hasta agotar la partida presupuestaria.
- Las solicitudes se deberán presentar a partir del día siguiente a la contratación, modificación, renovación o reincorporación de un ERTE y hasta el último día del mes siguiente a la misma.
REQUISITOS
Deberán de reunir y mantener (al menos durante el tiempo en que sean beneficiarias de la subvención) los siguientes requisitos:
- Que su domicilio social o centro de trabajo este ubicado en la ciudad de Madrid.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y con el Ayuntamiento de Madrid.
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y no tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado
- No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003 de la Ley de Subvenciones.
- No podrán concurrir entidades que no cumplan con el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres o resulten discriminatorios por razón de sexo. Ver: ¿tiene tu empresa obligación de crear un plan de Igualdad?
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN
Para las nuevas contrataciones realizadas, modificación contractual con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE, con una duración mínima de 6 meses, las cuantías serán las siguientes:
- Si la contratación es a jornada completa el importe será de 3.000 €.
- Se podrá incrementar un 40% (4.200.-€) cuando la contratación se realice a: mujeres, personas mayores de 45 años y personas con una discapacidad mínima del 33%.
- Si se contrata a jornada parcial (siempre que sea mínimo 20 hs/semanales) la subvención será de 1.450 €
- También podrá incrementarse en caso de contratar a mujeres, personas mayores de 45 años y personas con una discapacidad mínima del 33% en un 40% (2.030 €).
CÓMO TRAMITARLA
- Deberá hacerse online si tienes firma electrónica o certificado digital, o por quien ostente la representación legal del solicitante haciendo constar en todos los documentos el nombre, apellidos y firma del o de la representante legal.
- Dejarlo en manos de tu asesoría laboral después de que hayan verificado que cumples los requisitos para solicitar esta subvención y que puedes mantenerlos durante el periodo que se exige en la subvención, evitando futuras sorpresas.
De un modo u otro ten en cuenta la documentación que necesitas adjuntar y el formulario para la solicitud, si tienes cualquier duda estamos a tu disposición.

Cristina Pérez
Responsable Comercial y Marketing