Hace unos meses que se presentó la Declaración de IRPF , en ese momento, si la renta te salía a pagar, podías optar por realizar el pago en dos veces… pues ya ha llegado el momento de realizar el 2º pago.

En el momento de la presentación de la declaración de la renta tuviste que abonar el 60% del importe, (ojo que el ART. 6 del R. D. 249/2023 modifica que en cuanto al pago de la renta si salía a pagar y no se hizo el primer ingreso en tiempo y forma adecuadas, te podrían reclamar el pago de la totalidad del importe, del 100% y no solo del 60% que correspondería al primer pago fraccionado).

Elegiste pago fraccionado, ¿Qué tienes que hacer ahora?

  1. Si domiciliaste el pago, ten previsto en tu cuenta bancaria que el día 6 de Noviembre se pasará al cobro el 40% restante de la cantidad a pagar en el IRPF. Después te llegará el justificante de pago que deberás de guardar.
  2. Si no domiciliaste el pago y fuiste a pagar a la entidad bancaria, esta vez tendrás que hacerlo igual Puedes acudir a un banco, caja o cooperativa de crédito colaboradora de la AEAT, aquí tienes el listado. Deberás de aportar el modelo 102, bien en papel o habiéndolo presentado vía electrónica con tu certificado digital. Este modelo puedes obtenerlo en una Delegación o administración de la Agencia Tributaria, o descargándolo aquí.
pago irpf

¿QUÉ OCURRE SI NO HAY ESE DINERO EN LA CUENTA O SE TE OLVIDA IR A PAGARLO?

 En caso de que no se proceda al pago de esta cantidad pendiente, Hacienda te hará llegar una notificación comunicándote dicha situación y reclamándote el pago, y atención, que puede haber sanciones y recargos con intereses según el tiempo que tardes en abonar la cantidad pendiente.

Cristina Pérez

Cristina Pérez

Responsable Comercial y Marketing