Os hemos ido contando todas las medidas y cambios que van aconteciendo en consecuencia de la crisis del Covid-19, son muchas las opciones y las modificaciones posteriores, por ello, hemos querido resumir en este artículo las distintas opciones que tienes como autónomo para intentar sobrevivir a esta crisis sanitaria, cualquier duda recuerda que nuestros asesores están para ayudarte:

1. Capitalización de la prestación por desempleo. Ser persona beneficiaria de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de recibir a fecha de solicitud del pago único, al menos tres mensualidades. Habría una mínima posibilidad de optar a esta capitalización, siempre que como autónomo se esté cotizando y se reconozca como beneficiario de la prestación por cese de actividad, teniendo pendiente de percibir como mínimo seis meses. Enlace del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

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2.Prestación cese actividad. Tiene por objeto proteger al trabajador autónomo que, ante la situación de cese total en la actividad (de forma temporal o definitivo) que originó el alta en el régimen especial, quiere ejercer una actividad económica o profesional a título lucrativo y no puede. También a los trabajadores autónomos que ejerzan su actividad profesional conjuntamente con otros en régimen societario o bajo cualquier otra forma jurídica admitida en derecho. Enlace del SEPE

3. Prestación extraordinaria cese de actividad (PECA). Análoga a la anterior, pero incompatibles. Tendrán derecho a esta ayuda los autónomos que hayan visto suspendidas sus actividades o reducidos sus ingresos en, al menos, el 75% con respecto al semestre anterior. Para cobrarla no es necesario darse de baja en Hacienda y la Seguridad Social, ni seguir pagando la cuota de autónomos. Aquí puedes encontrar toda la información.

4. Programa Impulsa (Subvención Comunidad de Madrid 3.200€). Podrán solicitarla todos los trabajadores dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid, incluidos los socios de cooperativas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles encuadrados en dicho Régimen y experimenten alguno de los sucesos que te contamos con detalle aquí. Cabe destacar que el programa impulsa COVID-19, ha tenido una aceptación tal, que en sus tres días ha recibido 22.000 consultas y 5.000 solicitudes, agotando así la primera dotación presupuestaria. La CM, suspende temporalmente la recepción de nuevas solicitudes, para acometer con la mayor celeridad posible los trámites y abrir nuevamente la tramitación.

5. Bono Social. Los trabajadores autónomos tendrán derecho a acogerse al bono social de electricidad al haber cesado su actividad o haber visto reducida su facturación por la crisis del coronavirus. En él se establece el derecho a acogerse al bono social de electricidad «de manera excepcional y temporal” aquellas personas físicas con derecho a contratar el PVPC (la tarifa regulada), que tengan una renta igual o inferior a determinados umbrales referenciados al IPREM, y que acrediten estar afectados por las medidas de regulación de empleo de las empresas o bien que hayan disminuido un 75% su facturación. Puedes ver las cuantías y requisitos en este artículo.

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