Aunque ya debes de haber leído nuestro artículo al respecto de Cómo ahorrar en el IRPF en el que recomendamos la opción de invertir en una nueva empresa como   Business Angel como una de las posibles para pagar menos en tu próxima declaración de la renta, queremos recordarte que para que sea viable esta deducción la empresa en la que hayas invertido debe de presentar este Modelo 165 antes de que acabe el mes de Enero, te contamos todo lo que debes saber para cumplir los requisitos y que esta deducción sea posible.  

Toma nota, si eres un Business Angel y has invertido en una nueva empresa no puedes dejar que termine el mes sin estar seguro de que la empresa en la que realizaste una aportación ha presentado el Modelo 165, de otro modo no podrás deducirte en el IRPF la inversión realizada.  

Si eres la empresa en la recibiste aportaciones de inversores en tu nueva sociedad (menos de 3 años desde su creación), tienes obligación de presentar el Modelo 165 en Hacienda, así estos inversores que han aportado dinero a tu negocio podrán beneficiarse de una importante deducción en la próxima declaración de la renta, es un certificado acreditativo de dicha aportación emitido por la empresa receptora.   

En la conocida Ley de Emprendedores se introdujo este beneficio fiscal para los inversores/business angels, puedes ver los límites de estas aportaciones y otras maneras de ahorrar en el IRPF en este artículo.   

 

QUÉ ES EL MODELO 165 

Modelo 165

Es una declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación, validará la aportación realizada para que el inversor pueda aplicarla en su declaración de la renta. Ojo que una vez presentado el modelo en caso de no presentar el IRPF Hacienda podría hacer una paralela al interesado.  

REQUISITOS Y LÍMITES 

  

  • Será imprescindible que la empresa que recibe la aportación del inversor sea una sociedad anónima, limitada, o sociedad anónima laboral o sociedad limitada laboral, y que no esté admitida a negociación en ningún mercado organizado.  
  • En esta declaración deben de figurar: 
  1. Nombre y apellidos del socio. 
  2. Fecha de constitución. 
  3. Número de identificación fiscal. 
  4. Importe de la adquisición de las participaciones o acciones suscritas. 
  5. Fecha de la adquisición. 
  6. Porcentaje de participación de los adquirentes. 
Modelo 165
  • El contribuyente podrá deducirse el 30% (con un límite de 10.000.-€) de las cantidades aportadas a la empresa de nueva creación. (Ley 35/2006 Art. 68), con un límite de hasta 60.000.-€ de la base de deducción  
  • Ya se trate de una empresa de nueva creación (hasta 3 años desde su creación) o de una ampliación de capital, el socio que quiera aplicar esta deducción no podrá controlar de manera directa o indirecta más del 40% de la empresa.  
  • No es aplicable a empresas patrimoniales. La empresa deberá de tener empleados y medios materiales para el desarrollo de una actividad concreta.   
  • En el comienzo del ejercicio del año en que el contribuyente invierta, los fondos propios de la entidad no pueden superar los 400.000 euros.   
  • La participación del inversor deberá de mantenerse al menos 3 años y con un máximo de 12.  
  • Además, la empresa deberá de entregar al socio inversor una certificación de inversión indicando que se están cumpliendo los requisitos exigidos.  

 

PLAZOS   

Se deberá de presentar en Enero a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, si todavía no tienes certificado digital puede obtenerse en un solo día, tienes hasta el día 31 para realizar esta presentación.    

Si tienes dudas al respecto puedes escribirnos y te ayudaremos en todo lo que nos sea posible. 

 

Cristina Pérez

Cristina Pérez

Responsable Comercial y Marketing