Si va a viajar estas vacaciones en avión, queremos recordarle las indemnizaciones a las que tendría derecho en caso de retraso del vuelo. Básicamente dependerá de la distancia del vuelo y las horas de retraso. Según el Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del consejo de 11 de Febrero de 2004, se establecen una serie de derechos para aquellos pasajeros que puedan haber sufrido un retraso o cancelación del vuelo. En caso de retraso:

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  • 2 horas o más en vuelos de hasta 1500 km : 250.- €
  • 3 horas o más en vuelos intra comunitarios de más de 1.500 km,  y de todos los demás vuelos entre 1500 y 3500 km : 400.- €
  • 4 horas o más en los restantes vuelos: 600 €

Además tendrán derecho a que la compañía les ofrezca gratuitamente comida y refrescos suficientes, en función del tiempo que tenga que esperar, y dos llamadas telefónicas o mail…

  •  5 hs mínimo, en siete días tendrían que reembolsarle el importe del vuelo al precio al que se compró.

Si se retrasase hasta el día hasta el día siguiente le deberán ofrecerle la noche/ noches en un hotel y el traslado desde el aeropuerto al hotel.

En tal caso deberíamos dirigirnos para la reclamación a AENA.

No obstante, les deseamos unas muy felices vacaciones  y ojalá que no tenga que realizar ninguna reclamación 🙂