Parece que esperaban a las vacaciones para abrir las convocatorias de las ayudas, tanto el kit digital como la que nos ocupa, será porque saben que los autónomos no se marchan de vacaciones ;-).
Este ayuda pertenece al Plan Relanza II, cuyo objetivo es ayudar a mitigar los efectos de la crisis económica y contribuir al mantenimiento y sostenibilidad de la actividad económica de los autónomos. y mitigar, en la medida de lo posible, las pérdidas económicas que la crisis económica actual haya podido generar en sus empresas.
La ayuda es por importe de 3.000 euros por solicitante, a fondo perdido, sin justificación de ningún tipo en cuanto a la utilización del dinero, esta ayuda es por concurrencia competitiva y hay un total de 5 millones de euros destinados.
OJO el plazo para la presentación se abre el 3 de agosto y finaliza el 15 e septiembre de 2022.
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1. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS
- Podrán optar los autónomos/as que:
- 1. Estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) a la fecha de presentación de la solicitud.
- 2. Hayan iniciado su actividad económica a partir del 01/01/2017 .
- 3. Estén en el Municipio de Madrid (su actividad o local)
- 4. No hayan sido beneficiarios del Plan Relanza en 2021
- 5. Estén al corriente de pago tanto con la Administración, como con el Ayto. de Madrid y la Seguridad Social.
- 6. Cumplir las obligaciones impuestas en el Art. 14 de la Ley Gral. de Subvenciones.
- 7. No estar incursa en ninguna de las circunstancias del Art. 13 apartados 2 y 3 Ley 38/2003 Gral. De Subvenciones.
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Están excluidos:
- Los autónomos societarios (tener acciones o participaciones de la sociedad y llevar a cabo funciones gerenciales, directivas o trabajar en ella; las personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación).
- En el caso de comunidades de bienes la ayuda deberá solicitarla un solo comunero, aquel que hubiera sido designado como representante por el resto.
2. DOCUMENTACIÓN QUE HAY QUE PRESENTAR
- La Solicitud debidamente cumplimentada.
- Vida laboral actualizada a la fecha de solicitud o ultimo recibo de autónomos. (Para acreditar el alta)
- Y certificado de situación censal emitido por la Agencia Tributaria, imprescindible para justificar el requisito de haber iniciado la actividad después del 01/01/2017.
- Certificados de estar al corriente de pago o autorizar que hagan la consulta a través de la plataforma de intermediación de datos.
Consultar Bases en BOAM 9192
3. IMPORTE
La ayuda es de 3.000.-€ a fondo perdido.
Las solicitudes se atenderán y resolverán por riguroso orden de incoación, en función de su fecha de presentación, una vez se haya adjuntado la documentación y subsanado errores si procede.
4. PRESENTACIÓN
Se podrá hacer telemáticamente en la web www.planrelanzamadrid.es, necesitarás el certificado digital, CLAVE PIN…
O de manera presencial en el registro de la sede corporativa de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid (Plaza de la Independencia, 1, 28001 Madrid), de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
Si necesitas ayuda estamos a tu disposición, estaremos encantados de atenderte.

Cristina Pérez
Responsable Comercial y Marketing