Son muchos los trabajadores que recientemente se han visto afectados por un ERTE y tienen muchas dudas sobre el derecho al cobro del paro, además, cuando realizan la consulta en la web del SEPE no siempre aparecen los datos o no son correctos, lo cual genera más incertidumbre. Por ello hemos escrito este artículo para intentar resolver todas las dudas que nos soléis plantear. Aquí encontraras todo lo que necesitas saber al respecto de la prestación por desempleo si te has visto afectado por un ERTE, confiamos que te resulte de ayuda.

1. ¿Tengo derecho a cobrar el paro? Como regla general, es necesario haber cotizado mínimo un año para tener derecho a la prestación por desempleo, pero en esta situación, no se exige dicho requisito para percibir el desempleo.

2. ¿Por cuánto tiempo? Mientras dure el estado de alarma, aunque no se reúnan las condiciones, se tiene derecho a cobrar el paro (siempre que el ERTE que haya tramitado la empresa fuera por causas de fuerza mayor).

3. ¿Consume tiempo de paro a efectos de futuras prestaciones? En la medida en que esté cobrando el paro, mientras se mantenga la declaración de estado de alarma, el tiempo consumido, no se considera como tal a efectos de prestaciones por desempleo que se pudieran percibir más adelante.

4. ¿Cuánto cobraré? El 70% de la base reguladora de la prestación por desempleo. La base reguladora es la que aparece en la nómina como Base de Cotización por desempleo. Eso sí, existen unos importes máximos a percibir, independientemente de que del porcentaje aplicado resultara una cifra superior.

Además, estos importes máximos dependen de los hijos, siendo los mismos los siguientes:

Sin Hijos               1098,09€

1 Hijo                     1254,86€

2 hijos o más      1411,83€

5. ¿Tengo que solicitar o tramitar la prestación de desempleo? No, es la empresa la que se encarga de hacer los trámites para la obtención de desempleo.

6. ¿Cuándo voy a cobrar el paro? A día de hoy no se sabe. Lo normal es que se cobre el día 10 de Mayo y a partir de ahí el 10 de cada mes, pero debido a la COVID-19, no es descartable que se haga después.

7. ¿Puedo mirar como esta mi prestación? Sí. En la página web del Sepe existe un apartado para ver en qué fase se encuentra la solicitud de una prestación por desempleo. A continuación puedes ver cómo hacerlo:

8. He mirado mis datos y no aparecen mis hijos o mi estado civil no es el correcto. El SEPE ha publicado varias notas informativas al respecto, indicando que aparecerán los datos que tengan en sus bases de datos. En algunas direcciones provinciales han facilitado una dirección de correo electrónico para que los trabajadores les manden un correo actualizando esos datos.

No obstante, el SEPE ha comentado que los irán actualizando y corrigiendo de oficio. A nivel informativo las empresas han tramitado el desempleo de los trabajadores, enviando un modelo normalizado con los datos imprescindibles para tramitar la prestación, que no incluyen hijos, estado civil u otros datos, podéis ver los datos concretos que las empresas están obligadas a trasmitir aquí (adjuntar cómo solicitar la prestación en nombre de los trabajadores), esta es la plantilla que se utiliza para comunicar el ERTE, para que veáis los datos que se facilitan.

PRESTACION

9. No aparecen mis datos al consultarlos en la web del SEPE. Esto es porque todavía no están introducidos en el sistema, tienes que esperar hasta que los introduzcan.

10. Aparecen varios datos, pero no aparece mi cuenta bancaria. Esto es porque lo que estás viendo son los datos históricos que tiene el SEPE, sin que este actualizada la información con los datos concretos del ERTE. También podría ser por que se estén actualizando todavía dichos datos. Y por último, si los datos de la cuenta fueran de un banco fusionado que haya desaparecido, aunque el número de la cuenta no haya cambiado, nos han confirmado puede haber problemas, que también solucionará automáticamente el SEPE.

Carlos Solans

Carlos Solans

CEO